viernes, 13 de julio de 2012

"puedo causar baja en un plan de pensiones de empleo": googleando lfdlc

Durante esta famosa crisis que a todos nos envuelve, se han incrementado los casos de personas que  solicitan, o al menos se plantean, dejar de realizar aportaciones a los Planes de Pensiones de Empleo (ver PD1).
¿Puede un partícipe darse de baja del Plan de Pensiones de Empleo para evitar que se le realicen los descuentos de sus aportaciones obligatorias, de la nómina de cada més?. ¿Que efectos tiene esta baja?. ¿Que sucede con los derechos económicos derivados de lo ya aportado al Plan?.
La premisa básica es que habrá que estar siempre a lo que establezca el Reglamento de Especificaciones del Plan. En dicho documento, vendrá regulada la situación de "partícipe en suspenso" (o cualquier otra denominación análoga) y sus efectos. Normalmente, comunicándolo a la empresa promotora de manera fehaciente, se puede acceder a esta situación de partícipe en suspenso, con los siguientes efectos:
  • La empresa dejará de realizar sus aportaciones obligatorias.
  • El empleado dejará de tener los descuentos en nómina correspondientes a sus aportaciones obligatorias.
  • Los derechos consolidados (derechos económicos) que el empleado tenga acumulados en el plan de pensiones, dado que son irrevocables en favor del partícipe, seguirán fluctuando en igualdad de condiciones que los derechos del resto de los partícipes, en función de las variaciones en el valor de la unidad de cuenta, pero seguirán siendo de titularidad del partícipe.
  • Los derechos no podrán movilizarse a otro Plan de Pensiones por el mero hecho de pasar a la situación de partícipe en suspenso. Mientras el empleado se encuentre de alta en la empresa promotora no podrán realizarse movilizaciones a otro Plan de Pensiones.
  • Se producirá la pérdida del derecho a las prestaciones de riesgo en activo. Muchos Planes de Pensiones de Empleo garantizan percibir unos capitales mínimos para las contingencias de fallecimiento e invalidez, aunque no se alcancen dichos importes con los derechos consolidados del partícipe. Esos capitales diferenciales se garantizan cada año a través de una póliza de seguros. En la situación de partícipe en suspenso se pierde el derecho a percibir esta prestación garantizada por el Plan. En caso de fallecimiento o invalidez, al partícipe en suspenso solo le corresponderá lo que tenga acumulado en el Plan de Pensiones para la contingencia de jubilación.
  • Aunque la situación de partícipe en suspenso es reversible, en algunos casos, el reglamento del plan puede haber establecido un periodo de tiempo mínimo para poder volver a la situación de partícipe activo.
Estas consideraciones, pueden no ser exactamente así en cada plan, pero seguro que pueden servir de pauta para saber que buscar al leer el reglamento del plan, o que preguntas hacer al consultar con la persona de RRHH de la empresa que se encargue de las prestaciones post-empleo. 


Post Data1.:  Recordemos que los Planes de Pensiones de Empleo están promovidos en el ámbito de la empresa como un beneficio social. Pueden ser de "prestación definida" o de "aportación definida" en función del tipo de prestación que instrumenten. Aquí nos referimos solamente a los de aportación definida. En este supuesto, la empresa promotora aporta, para la contingencia de jubilación del empleado, una cantidad fija, posiblemente en función de la categoría profesional, o bien un porcentaje del salario del empleado, que podrá ser el mismo para toda la plantilla, o estar en función de criterios como el nivel salarial o la mencionada categoría. En muchos casos, las aportaciones de la empresa están condicionadas a que el empleado también realice aportaciones a dicho Plan.

Post Data2.: A través de Google Analytics es posible ver qué palabras ha utilizado alguien en un buscador para llegar hasta el blog. Hay muchas de esas búsquedas que siempre me han intrigado. Siempre he querido utilizar algunas de esas sugerentes búsquedas, dudas al fin y al cabo, para hacer entradas del blog... y ese es el origen de la serie "googleando lfdlc". 



También puede ser de interés en "la fábula de la cigarra": 

[Imagen /  )ota.]


No hay comentarios:

Publicar un comentario