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martes, 7 de octubre de 2014

lfdlc: La reforma tributaria de 2014 y los Planes de Pensiones

Está en proceso de tramitación en el Congreso la modificación de la reforma tributaria presentada por el Gobierno. En dicha reforma se incluyen importantes cuestiones que afectan al ahorro en general y a la previsión social en particular.
Sambenito penitencial
La medida más destacada es que se vuelve a bajar el límite de aportaciones a Planes de Pensiones fijándolo en 8.000€ anuales, cuando actualmente se encuentra en 10.000 y 12.500 para mayores de 50 años. La justificación para esta nueva rebaja del límite (la última fue en 2006) la encontramos en la Exposición de Motivos cuando dice que así "se unifican y aproximan los límites de reducción a las aportaciones reales efectuadas por la mayoría de los contribuyentes".
El concepto utilizado de "la mayoría de contribuyentes" y el acercamiento a esa supuesta media de aportaciones es una absoluta falacia, como demuestra un rápido vistazo a los datos de la Dirección General de Seguros (DGS). Reproducimos los datos del "Informe Estadístico de Instrumentos de Previsión Social Complementaria 2012" (que incomprensiblemente es el último disponible a la fecha de elaboración de este comentario en la web del ente regulador), que en su página 37 presenta el número de partícipes por tramos de aportaciones para dicho año:

menos de 300€ año:         7.990.634 partícipes.
300 - 900€ año:               1.371.813 partícipes.
900 - 1.800€ año:            474.676 partícipes.
1.800 - 3.000€ año:         257.178 partícipes.
3.000 - 4.500€ año:         127.850 partícipes.
4.500 - 6.000€ año:         77.253 partícipes.
6.000 - 8.000€ año:         37.978 partícipes.
8.000 - 10.000€ año:       33.384 partícipes.
10.000 - 12.500€ año:     48.364 partícipes.

Para aproximarnos a una media real, supongamos que cada partícipe ha aportado el máximo de cada rango. En ese caso, el dato medio que nos da es de 723€ año por cada partícipe. Nada que ver con el argumento que plantea la nueva norma ¿verdad?.
Esta polarizada distribución de aportaciones se explicaría prácticamente sola si pudiéramos verla diferenciando entre partícipes de planes de pensiones de empleo y planes de pensiones individuales.
Esos casi 8 millones de partícipes con menos de 300€ anuales seguramente tienen mucho que ver con las exigencias de contratación de planes de pensiones que realizan algunas entidades financieras para poder materializar la concesión de créditos, o la retirada de las comisiones de gestión bancaria.
Por otro lado, son muchas la empresas que tienen planes de empleo y que, como parte diferida de su salario, o como transformación de antiguos compromisos por pensiones, realizan aportaciones a sus empleados (con o sin aportaciones por parte de estos) estando dichas aportaciones en su mayoría situadas en el tramo 1.800€ anuales en adelante.
Lo cierto es que los Planes de Pensiones arrastran el "sambenito" de que son instrumentos de ahorro "para ricos" por lo que restringir su régimen no suele levantar muchas voces en contra. Recordemos que lo único que hacen los Planes de Pensiones es diferir a la jubilación la tributación de los importes acumulados, con el tratamiento de rentas del trabajo, con la esperanza para el contribuyente de que la tributación se realice a tipos menores que los que ha sufrido durante su vida laboral.
Pero a cambio, por ejemplo, sirven para canalizar ahorro de larga duración, procedente de particulares, a financiar la economía nacional. Personas que no invertirían en ningún caso en renta fija pública española lo hacen habitualmente a través de sus planes de pensiones. Estos instrumentos suelen tener más del 60% de su patrimonio invertido en deuda pública, de la que posiblemente la mitad o más (esto ya es una estimación mía, pero el dato del 60% es de la DGS) corresponde con deuda emitida por el Reino de España.
Los planes de pensiones están condenados a su desaparición, tanto por las constantes rebajas en sus límites de aportaciones, como por los cambios de su fiscalidad, como por la flexibilización de los supuestos de cobro, lo que lo anula como instrumento de ahorro finalista para la jubilación. ¡¡Al tiempo!!.





viernes, 26 de octubre de 2012

lFdlC FLASH: Eventos de Comisiones de Control. VidaCaixa y TowersWatson

Muchas veces publico referencias a eventos de previsión a los que, por una cosa o por otra, no puedo asistir. Pero, esta vez, si nada se tuerce, ¡¡¡ podré ir a los dos !!.
El primero, el 31 de octubre, en Barcelona, es el "Foro de Comisiones de Control", que ya celebra su 5ª edición. Organiza VidaCaixa en torno al Plan de Pensiones de Empleo de los empleados del grupo "la Caixa", pero con participación de representantes de otras importantes comisiones de control, consultoras o brokers.  

El segundo evento, el 13 de noviembre en Madrid, es la jornada para miembros de Comisiones de Control "Espera el mejor escenario, planea para el peor". Una jornada organizada por TowersWatson con una orientación muy práctica sobre estrategias en entornos económicos adversos, como el actual.
De ambos programas se desprende que se va abriendo paso, entre Comisión de Control y Entidad Gestora, la figura del consultor financiero, cada vez presente en la gestión de más planes de pensiones de empleo.
No de un asesor que enmiende la plana a la gestora cuando los resultados de las inversiones no son los deseados, no. 
Un modelo de consultor que por un lado, permita acercar el trabajo de la Entidad Gestora a la Comisión de Control, y que por otro fomente la aplicación por parte de la Gestora de otros modelos de asignación de activos, probados con éxito en otros fondos, y a los que el objetivo diario de rentabilidad que sigue la Gestora posiblemente no permitiría de otra manera dedicarles tiempo de análisis. 

Pincha en la pestaña "Planes de Pensiones de Empleo" para ver los últimos artículos publicados sobre el tema en la [lfdlc], y si quieres deja un comentario...

viernes, 5 de octubre de 2012

2012 2T Ranking de gestoras de Planes de Pensiones de Empleo: BBVA sigue al frente


Nueva edición del ranking de Entidades Gestoras (EGs) de Planes de Pensiones de Empleo (PPEs), elaborado desde "la fábula de la cigarra" sobre la información del SEGUNDO TRIMESTRE de 2012 que facilita INVERCO (Asociación de Instituciones de Inversión Colectiva y Fondos de Pensiones).
Por lo interesante de este dato, que no se ofrece en el informe de INVERCO, lo recalculamos para cada trimestre. 
Repasemos, el ranking por número de planes y por valor patrimonial ...




Hasta aquí, pocos cambios. Queda patente la concentración casi coincidente de entidades gestoras, pues el 89% del patrimonio y el 87% del total de planes se acumulan en las 10 primeras Entidades Gestoras.
El problema de esta información es que es complicado saber que grupo financiero está dando mejores rentabilidades. Ese es el trabajo realizado desde "la fábula de la cigarra" para las rentabilidades a 1 año:


Sin embargo, para tener una imagen más certera (hay EGs con un solo PPE y valores patrimoniales mínimos), mejor ver rentabilidad y ranking sobre las 10 con mayor patrimonio gestionado:


BBVA es la gestora que mejor cerró el año 2011 con algo más de un 2%, y mantiene el tipo para 2012 con una muy buena rentabilidad tanto en el 1T como en el 2T. VidaCaixa le sigue de cerca.
De los 30 grupos financieros restantes, la media de la rentabilidad ofertada a un año es un -2,1%... así se valoran mejor las rentabilidades positivas, desde luego.


Post Data: La metodología del cálculo no es más que la ponderación entre patrimonio y rentabilidad a un año para cada fondo. Agrupando el total por EG nos permite calcular la rentabilidad por EG sobre el valor patrimonial total. No he realizado el cálculo para otras rentabilidades, porque al retroceder en el tiempo con los datos de INVERCO, el valor patrimonial a la fecha seguramente no es una referencia adecuada.
Tengo ya preparado el cuadrito adicional donde seguir el valor de la rentabilidad a 1 año para las principales gestoras, trimestre a trimestre, pero aun tengo que darle una vuelta antes de presentarlo en sociedad...


jueves, 19 de julio de 2012

Presentar el 345 fuera de plazo: rebañando de donde sea

¡Como han cambiado los tiempos!... Hace unos años, a la Administración tributaria creo que no se le habría ocurrido iniciar un expediente sancionador por presentar el modelo 345 con un par de días de retraso. Ahora, está claro que hay que rebañar el plato todo lo que se pueda... otra vez la dichosa crisis.
El modelo 345 es el formulario que presentan las empresas que han realizado aportaciones a Planes de Pensiones de Empleo en favor de sus trabajadores. Con carácter general, salvo en territorios forales, la fecha tope de su presentación es el 20 de febrero de cada ejercicio.
Por supuesto, lo que se presenta no es un formulario como tal, sino un fichero, vía telemática, para que la AEAT pueda utilizar directamente la información recibida, y cruzarla con la que también les remiten las Entidades Gestoras de Planes y Fondos de Pensiones.
Este archivo debe tener tantos registros como empleados hayan tenido aportaciones realizadas en el ejercicio anterior, por lo que en función del tamaño de la compañía el fichero puede tener hasta varios miles de registros.
Dado que esta información es necesario cuadrarla primero con la Entidad Gestora, y en una gran empresa todo ese proceso puede llevar cierto tiempo (el equipo de nominas, externo o interno, en enero y febrero suele estar colapsado con las actualizaciones retributivas, el cálculo de los atrasos, etc.), el 345 tiende a generarse, a veces, un poco apurado de fechas. Es también posible que el sistema de la AEAT no se "trague" el fichero que la aplicación de nóminas ha generado, por lo que hay que devolverlo a la gente de sistemas para que revisen donde está el problema de configuración de los datos.
No es que esté bien, porque los plazos son para cumplirlos pero, en algunas ocasiones, el modelo 345 se ha presentado el 21 o el 22 de febrero, y nunca había pasado nada... ¡hasta ahora!.
El régimen sancionador se establece en el artículo 198.2 de la Ley General Tributaria, tipificando como leve la no presentación de autoliquidaciones o declaraciones en plazo, sin producirse perjuicio económico, y sin que medie requerimiento previo de la Administración tributaria. En este caso, la sanción es de 10 euros por registro no presentado, con unos límites mínimo y máximo de 150€ y 10.000€. 

Así es que, mucho ojo con los plazos, porque la Administración tributaria no va a dejar pasar ni una.


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[Imagen / _Ganesha_]


viernes, 13 de julio de 2012

"puedo causar baja en un plan de pensiones de empleo": googleando lfdlc

Durante esta famosa crisis que a todos nos envuelve, se han incrementado los casos de personas que  solicitan, o al menos se plantean, dejar de realizar aportaciones a los Planes de Pensiones de Empleo (ver PD1).
¿Puede un partícipe darse de baja del Plan de Pensiones de Empleo para evitar que se le realicen los descuentos de sus aportaciones obligatorias, de la nómina de cada més?. ¿Que efectos tiene esta baja?. ¿Que sucede con los derechos económicos derivados de lo ya aportado al Plan?.
La premisa básica es que habrá que estar siempre a lo que establezca el Reglamento de Especificaciones del Plan. En dicho documento, vendrá regulada la situación de "partícipe en suspenso" (o cualquier otra denominación análoga) y sus efectos. Normalmente, comunicándolo a la empresa promotora de manera fehaciente, se puede acceder a esta situación de partícipe en suspenso, con los siguientes efectos:
  • La empresa dejará de realizar sus aportaciones obligatorias.
  • El empleado dejará de tener los descuentos en nómina correspondientes a sus aportaciones obligatorias.
  • Los derechos consolidados (derechos económicos) que el empleado tenga acumulados en el plan de pensiones, dado que son irrevocables en favor del partícipe, seguirán fluctuando en igualdad de condiciones que los derechos del resto de los partícipes, en función de las variaciones en el valor de la unidad de cuenta, pero seguirán siendo de titularidad del partícipe.
  • Los derechos no podrán movilizarse a otro Plan de Pensiones por el mero hecho de pasar a la situación de partícipe en suspenso. Mientras el empleado se encuentre de alta en la empresa promotora no podrán realizarse movilizaciones a otro Plan de Pensiones.
  • Se producirá la pérdida del derecho a las prestaciones de riesgo en activo. Muchos Planes de Pensiones de Empleo garantizan percibir unos capitales mínimos para las contingencias de fallecimiento e invalidez, aunque no se alcancen dichos importes con los derechos consolidados del partícipe. Esos capitales diferenciales se garantizan cada año a través de una póliza de seguros. En la situación de partícipe en suspenso se pierde el derecho a percibir esta prestación garantizada por el Plan. En caso de fallecimiento o invalidez, al partícipe en suspenso solo le corresponderá lo que tenga acumulado en el Plan de Pensiones para la contingencia de jubilación.
  • Aunque la situación de partícipe en suspenso es reversible, en algunos casos, el reglamento del plan puede haber establecido un periodo de tiempo mínimo para poder volver a la situación de partícipe activo.
Estas consideraciones, pueden no ser exactamente así en cada plan, pero seguro que pueden servir de pauta para saber que buscar al leer el reglamento del plan, o que preguntas hacer al consultar con la persona de RRHH de la empresa que se encargue de las prestaciones post-empleo. 


Post Data1.:  Recordemos que los Planes de Pensiones de Empleo están promovidos en el ámbito de la empresa como un beneficio social. Pueden ser de "prestación definida" o de "aportación definida" en función del tipo de prestación que instrumenten. Aquí nos referimos solamente a los de aportación definida. En este supuesto, la empresa promotora aporta, para la contingencia de jubilación del empleado, una cantidad fija, posiblemente en función de la categoría profesional, o bien un porcentaje del salario del empleado, que podrá ser el mismo para toda la plantilla, o estar en función de criterios como el nivel salarial o la mencionada categoría. En muchos casos, las aportaciones de la empresa están condicionadas a que el empleado también realice aportaciones a dicho Plan.

Post Data2.: A través de Google Analytics es posible ver qué palabras ha utilizado alguien en un buscador para llegar hasta el blog. Hay muchas de esas búsquedas que siempre me han intrigado. Siempre he querido utilizar algunas de esas sugerentes búsquedas, dudas al fin y al cabo, para hacer entradas del blog... y ese es el origen de la serie "googleando lfdlc". 



También puede ser de interés en "la fábula de la cigarra": 

[Imagen /  )ota.]


jueves, 28 de junio de 2012

2012 Reclamaciones sobre Planes de Pensiones: Nada nuevo bajo el sol


La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP) ha publicado el “Informe Anual del Servicio de Reclamaciones 2011”. Nada nuevo bajo el sol. 


Las reclamaciones resueltas por la DGSFP asociadas a Planes de Pensiones Individuales en 2011 son en total 189. Algo casi anecdótico si lo ponemos en relación con el número de planes individuales existente en España (8,3 millones de cuentas de posición - INVERCO Marzo 2012). 
Cierto es que para poder reclamar a la DGSFP es necesario pasar primero el filtro del Defensor del Partícipe, que debe tener toda Entidad Gestora y que, lo que no conocemos, es el número de reclamaciones que atienden el conjunto de los defensores del partícipe de las diferentes Entidades Gestoras, ni el resultado de las mismas. Este dato ayudaría mucho a poner en contexto la cifra de partícipes que terminan apelando al Servicio de Reclamaciones. 
Para aquellos que se animen, la DGSFP cuenta hasta con un procedimiento a seguir, o guía práctica, para la interposición de reclamaciones y consultas.
En el caso de los Planes de Pensiones de Empleo (PPEs), las consultas solventadas han sido 251 para todo 2011, pero ¡¡145 procedían del año 2010, y eran todas relativas a discrepancias de gestión con la gestora de un único plan de pensiones!!! (último párrafo de la página 42, no tiene desperdicio)... ¿apostamos sobre cual era la gestora y el plan en cuestión?. Por motivos como el mencionado, aquí el número de consultas tiene menos sentido compararlo con alguna magnitud de los PPEs, pues entran en juego las consultas que pueden presentar también promotores, comisiones de control, sindicatos, etc.
Sin ánimo de repetirnos, sigue sin estar disponible el contenido de las diferentes resoluciones, salvo en los contados casos en los que la DGSFP accede a publicarlas en su web a modo de doctrina, o aquellas que incorpora al final del informe bajo la denominación "Expedientes de especial interés". Además de aportar una imagen de mayor transparencia institucional, permitiría disponer de una mayor documentación de consulta sobre la problemática que plantean los Planes de Pensiones de Empleo, las Comisiones de Control y los criterios interpretativos aplicados por el propio regulador.
Lo dicho, nada nuevo bajo el sol. 


Post Data.: El defensor del partícipe aparece en diferentes puntos de la legislación en materia de Planes de Pensiones. Destacamos la referencia del Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de planes y fondos de pensiones establece en su artículo 101, "Contratación de planes de pensiones", donde se establece la necesidad de incluir en el boletín de adhesión: 
"1... h) Instancias de reclamación utilizables en caso de litigio, indicando, en su caso, la denominación y domicilio del defensor del partícipe".



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[Imagen /  Heart Industry]

martes, 27 de marzo de 2012

¿Tiene personalidad jurídica un Plan de Pensiones de Empleo?

Recientemente he tenido noticia de una polémica, algo bizantina, sobre quien debe ser el tomador de una póliza de seguros en un Plan de Pensiones de Empleo: ¿el propio Plan de Pensiones, o la Comisión de Control, que es el órgano que lo representa?.

Adelantaremos que, en la práctica habitual entre planes y aseguradoras, se dan las dos casuísticas, sin que yo tenga constancia de que, por este motivo, se haya producido, en algún Plan de Pensiones, quebranto alguno en los derechos de los asegurados/partícipes del Plan. De ahí el calificativo de bizantina.

La legislación española de Planes y Fondos de Pensiones es clara y manifiestamente contradictoria en esta materia, por lo que si nos atenemos a su realidad, ni el Plan, ni el Fondo, ni mucho menos la Comisión de Control podrían ser susceptibles de establecer contrato alguno.

Se hace necesario diferenciar previamente, aun con trazo grueso, entre el Fondo de Pensiones, el Plan de Pensiones y la Comisión de Control. El Fondo es un conjunto patrimonial adscrito a un fin; dar cumplimiento a las disposiciones de un plan de pensiones. El Plan de Pensiones podríamos definirlo como un contrato cuya finalidad es que los individuos que individualmente lo suscriben perciban rentas o capitales para determinadas contingencias (jubilación, o fallecimiento e invalidez, básicamente), con unas obligaciones de contribuciones por el sujeto, o por el promotor del Plan. La Comisión de Control es el órgano que supervisa y el funcionamiento del Plan ó del Fondo.

Si ninguno de ellos tiene personalidad jurídica propia, no puede ser titular de derechos ni obligaciones, ni por tanto, en última instancia, contratar.

Esta disquisición sobre la personalidad jurídica de Planes y Fondos de pensiones es de más entidad y complejidad de lo que puede parecer. No obstante, no me quiero meter en ella porque ni estoy capacitado para ello, ni es el objeto de este texto. Baste referir un libro donde este análisis se realiza de manera profunda: “Los Participes y Beneficiarios en la Nueva Regulación de los Planes y Fondos” de Felix Benito Osma (buena parte del mismo está disponible para su lectura en internet). Solamente citar un párrafo que destila el contenido de las más de 140 páginas dedicadas al tema:

“Los planes de pensiones, según aparecen configurados legalmente, no son sociedades con personalidad jurídica. Por tal razón, carecen de capacidad de obrar o de contratación, lo que demuestra una clara contradicción legal, con la facultad expresamente atribuida de contratar seguros que garanticen o aseguren determinados riesgos o las prestaciones del plan, …” (págs.. 52 y 53).
A pesar de todo esto, la realidad, que es tozuda, confiere de facto a los Planes de Pensiones o las Comisiones de Control una gran capacidad de contratar dado que, bajo el paraguas del NIF del Fondo (para hacerlo aun más rocambolesco) no solo contrata pólizas de seguros con aseguradoras (de rentas, de capitales, de responsabilidad civil, …), contrata; auditores para revisar las cuentas, actuarios para validar el desarrollo y la suficiencia del plan, entidades gestoras, asesores financieros, asesores jurídicos, letrados para su defensa en caso de reclamación judicial de un partícipe, servicios de personal administrativo mediante outsourcing… 



Post Data: La legislación Española en materia de Planes y Fondos de Pensiones establece que los Fondos de Pensiones no tiene personalidad jurídica, por lo que deben ser administrados y representados por una Entidad Gestora. Ver Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones (LPFP), Artículo 11.1 y Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de planes y fondos de pensiones. Artículo 3.2. Adicionalmente, el artículo 8.2 de la LPFP establece que: “El plan podrá prever la contratación de seguros, avales y otras garantías con las correspondientes entidades financieras para la cobertura de riesgos determinados o el aseguramiento o garantía de las prestaciones.


[Imagen / Sebastià Giralt]

sábado, 18 de febrero de 2012

2011 4T Ranking de gestoras de Planes de Pensiones de Empleo: BBVA lider 2011


Nueva edición del ranking de Entidades Gestoras (EGs) de Planes de Pensiones de Empleo (PPEs), elaborado desde "la fábula de la cigarra" sobre la información del CUARTO TRIMESTRE de 2011 que facilita INVERCO (Asociación de Instituciones de Inversión Colectiva y Fondos de Pensiones).


Por lo interesante de este dato, que no se ofrece en el informe de INVERCO, lo recalculamos para cada trimestre. 

Repasemos, el ranking por número de planes y por valor patrimonial ...






Hasta aquí pocos cambios. Queda patente la concentración casi coincidente de entidades gestoras, pues el 90% del patrimonio y el 88% del total de planes se acumulan en las 10 primeras Entidades Gestoras de cada categoría.

El problema de esta información es que es complicado saber que grupo financiero está dando mejores rentabilidades. Ese es el trabajo realizado desde "la fábula de la cigarra" para las rentabilidades a 1 año:


Sin embargo, para tener una imagen más certera (hay EGs con un solo PPE y valores patrimoniales mínimos), mejor ver rentabilidad y ranking sobre las 10 con mayor patrimonio gestionado:



Respecto a los datos que habíamos manejado en anteriores análisis, VIDACAIXA GRUPO (antes SegurCaixa Holding), venía ocupando la primera posición, Caja Madrid tomó la delantera el primer trimestre de 2011, en el segundo fue FONDITEL, en el 3T cerraron todas en negativo, siendo BBVA la que menos había perdido, y ahora para en 4T, es BBVA la que mejor se ha recuperado, cerrando el año 2011 con algo más de un 2%.

Decíamos que el año 2011 fue bien en su primer semestre, pero que el 3T había sido desastroso. Tanto, que aunque el 4T haya ido algo mejor, solamente 3 de las grandes (BBVA, IBERCAJA, y GRUPO CASER) consiguieron cerrar el año en positivo el conjunto de sus planes de pensiones de empleo. Claro, hay que tener en cuenta que el resultado del ejercicio para la categoría de PPEs es del 0,0%... veremos qué nos depara el 2012...






Post Data: La metodología del cálculo no es más que la ponderación entre patrimonio y rentabilidad a un año para cada fondo. Agrupando el total por EG nos permite calcular la rentabilidad por EG sobre el valor patrimonial total. No he realizado el cálculo para otras rentabilidades, porque al retroceder en el tiempo con los datos de INVERCO, el valor patrimonial a la fecha seguramente no es una referencia adecuada.

Tengo ya preparado el cuadrito adicional donde seguir el valor de la rentabilidad a 1 año para las principales gestoras, trimestre a trimestre, pero aun tengo que darle una vuelta antes de presentarlo en sociedad...

viernes, 3 de febrero de 2012

¿Puedo mover mi plan de pensiones de empleo en el momento de la jubilación?

Son demasiadas las ocasiones en las que, desde la red comercial de las entidades financieras, se indica a partícipes de Planes de Pensiones de Empleo (PPE) que, al jubilarse, pueden traspasar sus derechos consolidados a un plan de pensiones individual de la correspondiente entidad, y luego ya rescatarlo desde allí.

El caso es que no es así. Vamos a dar por sentado que es, más por desconocimiento de la regulación, que por exceso de celo en el intento de alcanzar el cumplimiento de los objetivos de captación de la oficina del banco o caja en cuestión.

El Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, establece, en su artículo 8.8, que;

"Los derechos consolidados de los partícipes en los planes de pensiones del sistema de empleo no podrán movilizarse a otros planes de pensiones, salvo en el supuesto de extinción de la relación laboral y en las condiciones que reglamentariamente se establezcan, y sólo si estuviese previsto en las especificaciones del plan, o por terminación del plan de pensiones. Los derechos económicos de los beneficiarios en los planes de empleo no podrán movilizarse, salvo por terminación del plan de pensiones".
Es decir, si se causa prestación desde la situación de activo, bien sea por fallecimiento, invalidez, o jubilación, solo cabe cobrar la prestación. No se puede movilizar a otro plan o instrumento de previsión similar en ningún caso.

Y entonces, ¿cuando se puede movilizar en un plan de pensiones de empleo?. Pues tiene que darse dos circunstancias concurrentes: que lo permita el reglamento del plan y que exista finalización de la relación laboral, básicamente baja voluntaria o despido. 

Realmente, solo se me ocurre un motivo contundente para que el legislador adoptase esta medida, pero solo es aplicable a los Planes de Pensiones de Empleo que instrumenten compromisos por pensiones en régimen de prestación definida. Es decir, el derecho del partícipe no se circunscribe a sus derechos consolidados, sino que estos derechos cubren una prestación que debe garantizar la empresa, de tal manera que si el patrimonio del plan no fuera suficiente, el promotor tendría que cubrir el déficit con más aportaciones. Este compromiso solo puede cumplirse mientras se esté dentro de ese plan de pensiones. El caso es que tipo de planes, en España, son casi una rareza. A lo mejor es para pensarse que, fuera de este caso comentado, mantener al partícipe dentro del plan contra su voluntad, es una precaución innecesaria.


Post Data: También sospecho que en algún otro caso ha sido el propio partícipe el que ha convencido al del banco para intentar la movilización desde un plan de empleo tras jubilarse... simplemente por si cuela, ... y porque no se quedó muy convencido cuando se lo dijo el de RRHH de su empresa... lo que no sabía es que, el mismo que se lo dijo, es el que recibe la documentación de la Entidad Gestora para que la Comisión de Control autorice la movilización, y claro, en un caso como este, necesariamente tiene que echarlo para atrás...


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[Imagen / radiovendas]

sábado, 28 de enero de 2012

2011 3T Ranking de gestoras de Planes de Pensiones de Empleo: BBVA la que menos pierde


Nueva edición del ranking de Entidades Gestoras (EGs) de Planes de Pensiones de Empleo (PPEs), elaborado desde "la fábula de la cigarra" sobre la información del TERCER TRIMESTRE de 2011 que facilita INVERCO (Asociación de Instituciones de Inversión Colectiva y Fondos de Pensiones).
Mis disculpas, porque esta edición llega con bastante de retraso, pero no ha sido posible elaborarlo antes...


Por lo interesante de este dato, que no se ofrece en el informe de INVERCO, lo recalculamos para cada trimestre. 

Repasemos, el ranking por número de planes y por valor patrimonial ...






Hasta aquí pocos cambios. Queda patente la concentración casi coincidente de entidades gestoras, pues el 89% del patrimonio y el 88% del total de planes se acumulan en las 10 primeras Entidades Gestoras de cada categoría.

El problema de esta información es que es complicado saber que grupo financiero está dando mejores rentabilidades. Ese es el trabajo realizado desde "la fábula de la cigarra" para las rentabilidades a 1 año:


Sin embargo, para tener una imagen más certera (hay EGs con un solo PPE y valores patrimoniales mínimos), mejor ver rentabilidad y ranking sobre las 10 con mayor patrimonio gestionado:


Respecto a los datos que habíamos manejado en anteriores análisis, VIDACAIXA GRUPO (antes SegurCaixa Holding), venía ocupando la primera posición, Caja Madrid tomó la delantera el primer trimestre, en el segundo fue FONDITEL, pero el 3T se cierra con todas las grandes en negativo, siendo BBVA la que menos ha perdido.

El año 2011 fue bien en su primer semestre, pero el 3T ha sido desastroso. De tener a todas las grandes gestoras en positivo, las rentabilidades a un año han caído de manera dramática, condicionando un año que en el mejor de los casos será malo.





Post Data: La metodología del cálculo no es más que la ponderación entre patrimonio y rentabilidad a un año para cada fondo. Agrupando el total por EG nos permite calcular la rentabilidad por EG sobre el valor patrimonial total. No he realizado el cálculo para otras rentabilidades, porque imagino que con los datos del informe de INVERCO, al retroceder en el tiempo, el valor patrimonial a la fecha seguramente no es una referencia adecuada.

En próximas entregas a ver si preparo un cuadrito adicional donde seguir el valor de la rentabilidad a 1 año para las principales gestoras, trimestre a trimestre.



lunes, 24 de octubre de 2011

lfdlc FLASH: ¿Motivos para no ahorrar?. Otra nota de prensa con matices.



Estamos a finales de año, y es tiempo en el que muchos actores del sector previsión (aseguradoras, consultoras, patronales, etc.) lanzan al mercado estudios y encuestas, principalmente al objeto de utilizarlos generando impresiones en prensa nacional y local, así como en diferentes medios de internet.

Uno de estos es el “Observatorio de Pensiones” de CASER, que elabora una encuesta anual sobre temas de previsión social. 

Aunque no está disponible el estudio para 2011, imagino que irán filtrando diferentes entresacados, y estos días aparecía uno de ellos referente a: aspectos en los que el español es más previsor y motivos para no ahorrar.

Imagen: CASER.
Centrémonos en el segundo punto: MOTIVOS PARA NO AHORRAR. A la luz de la gráfica, lo primero que se percibe es, seguramente, el efecto de la dichosa crisis en la previsión social, que podríamos resumir con un: “No tengo para hoy, voy a pensar en mañana”.

El porcentaje de encuestados que declaran que les es imposible ahorrar es del 63,77%. En el caso de 2010 era del 65,10% (hasta hemos mejorado), y en 2009 se situaba en un escalofriante 80,20% (quizás este es un dato menos estable por la diferencia de la muestra, que pasaba de 4.100 a 8.000 encuestados, en 2010). Las gráficas completas pueden verse en el informe 2009-2010, diapositiva 4.

Sin embargo, la nota de prensa señala algunas cuestiones que quizás requieren alguna reflexión y matización.
  • En primer lugar, por delante de este 23% (que entendemos se identifica con el dato de "No soy una persona previsora") aparecen antes tres causas que motivan no ahorrar, con un % mayor de encuestados; les es imposible (63,67%), soy joven para ahorrar (39,61%), y confío en la Seguridad Social (25,12%). ¿Realmente la más destacable era la 4ª causa?.
  • En segundo lugar, afirmar que “el 23% de los encuestados reconoce no disponer de un plan privado de ahorro”, significa que el 77% restante SI DISPONE de ese plan privado de ahorro, lo que a priori, no parece un dato que case con la realidad. ¡Que afortunados seríamos realmente los españoles si ese fuera el porcentaje de personas con instrumentos de ahorro finalista para la jubilación!. 
Lo curioso es que el propio texto de la nota de prensa no quiere indicar que los españoles ahorremos mucho, sino todo lo contrario: 
"La encuesta demuestra que el español no es poco previsor en general, sino que lo es, sobre todo, en materia de jubilación. Lo cual se debe a que, en España no se ha fomentado una cultura de ahorro en este sentido, como si se ha hecho en otros países europeos".

Veamos algunos números gruesos:

Solamente centrándonos en los Planes de Pensiones, con datos de INVERCO a 2T 2011, vemos que es difícil llegar a esta cantidad del 77% de la población (vamos a circunscribirnos solo a la "activa"). 

El número de partícipes entre el sistema individual (8,4 millones de cuentas de posición) y de empleo (2,2 millones de cuentas de posición), considerando que existe un importante número de ciudadanos, que nadie tiene cuantificados, que cuentan con dos o más planes de pensiones, no da para alcanzar al 77% de la población activa, ni de lejos. 

Sobre 18,3 millones de personas como población activa a 2T 2011, el porcentaje de población con un plan sería de un 58%, si computamos los 10,6 millones de planes, pero yo quitaría a ojo al menos 2 ó 3 millones de cuentas de posición, por todos aquellos que tienen más de 2 planes. Cierto es que no estamos computando pólizas de ahorro y otros instrumentos, pero aun así, parece complicado alcanzar la cifra que indica el estudio del 77%.

Más deprimente es ver como se comporta la relación entre cuentas de posición en planes de pensiones y patrimonio gestionado. En el caso del sistema de empleo la media se va ligeramente por encima de los 14.000€, acumulados por plan, pero los individuales a penas pasan de los 6.000€. Como la media es engañosa y la dispersión que se adivina debe de ser brutal, quiere decir que tenemos muchos planes de a 10€ al mes...Ufff. ¡Menudos complementos para la jubilación nos esperan!.



jueves, 13 de octubre de 2011

lFdlC FLASH: Eventos de previsión social Octubre. Cara y Cruz

Los meses de octubre y noviembre suele ser el momento en el que se realizan más eventos relacionados con la previsión social. 

Nunca he entendido del todo por qué aseguradoras y consultoras eligen este momento del año. En este periodo se acumulan previsiones de cierre, presupuestos, regularizaciones del ejercicio, valoraciones actuariales, ... vamos, que es el peor momento del año para ausentarse de la oficina. 

Destaca para este més el "4º Foro de Comisiones de Control", el 19 de octubre, en Barcelona. Promovido por el Plan de Pensiones de empleados de "la Caixa" y patrocinado por VidaCaixa Previsión Social, tiene un interesante programa (pensiones públicas, ISR y gestión de inversiones) y aforo completo... lo que no está nada mal... dadas las circunstancias. A ver si consigo que me inviten para el año que viene... 

Desafortunadamente, la crisis afecta de manera desigual a estos eventos. La cruz  corresponde a otro evento similar que organizaba IIR en Madrid el día 18 (a este si he podido asistir un par de veces) referente también a Planes de Pensiones, y que se ha caído del calendario al última hora. Con el título "Planes de Pensiones. Impacto de la nueva reforma de la Seguridad Social", planteaba cuestiones sobre la reforma de pensiones, el futuro de la previsión social, impacto de la reforma en los vehículos de financiación y sobre los compromisos de las empresas, etc. Esperemos que el año que viene sea posible celebrarlo con normalidad. Adjunto link público al programa, por si alguno quiere consultarlo (IIR lo quitó el lunes 10 de su web).




Pincha en la pestaña "Planes de Pensiones de Empleo" para ver los últimos artículos publicados sobre el tema en la lFdlC, y si quieres deja un comentario...


domingo, 9 de octubre de 2011

ISR y Planes de Empleo: la realidad que estropea un gran titular

Pido perdón por adelantado por ser casi el único que no ve avanzar la Inversión Socialmente Responsable (ISR) en España, al ritmo al que parece que nos la presentan.

De verdad que creo que la ISR es algo magnífico, y la labor de Spainsif, encomiable... pero sigo sin entender por qué solo es el sector financiero su valedor, y por qué es la vía de la imposición legal la forma elegida para su defensa.

Lo primero lo digo, porque son en su mayoría entidades financieras quienes integran Spainsif, y lo segundo, porque su primer gran logro ha sido incluir la obligación legal para los Planes de Pensiones de Empleo (PPEs) de informar en su memoria anual sobre si se atienen o no a criterios de ISR.

Sinceramente, no creo que este modelo de promoción descendente de la ISR termine calando en los partícipes, a los que hoy por hoy, veo francamente alejados de tener siquiera una opinión sobre el valor socialmente responsable de sus derechos consolidados.

Todo esto venía a cuenta de la celebración, el pasado 6 de octubre, del "2º Evento Anual de Spainsif", plataforma española de promoción de la ISR. El titular de la Nota de Prensa publicada es:
"EL 50% DE LOS FONDOS DE PENSIONES DEL SISTEMA DE EMPLEO APLICA POLÍTICAS DE INVERSIÓN SOCIALMENTE RESPONSABLE, SEGÚN SPAINSIF"

La principal difusión de este dato en medios de comunicación seguramente procedió de la reseña de europapress, quienes recogieron literalmente el enunciado, sin mayores precisiones.

Es necesario avanzar 4 páginas adelante en la Nota de Prensa para ver que "el 50%" al que se refieren, no contempla a los 1.381 Planes de Pensiones de Empleo de los que informa INVERCO en su informe 2T 2011, sino al "50% de los ENCUESTADOS"... literalmente dice:
"Respecto al  Estudio de Spainsif de 2011 sobre los fondos de pensiones del sistema de empleo en España, denominados fondos de pensiones corporativos  en el estudio de Eurosif, el informe presentado destaca que el cincuenta por ciento de los fondos encuestados afirman que están aplicando ya una política de ISR. No obstante, ocho de los diez encuestados encuentran importante para la gestión a largo plazo del fondo la aplicación de dichas políticas".  

Es decir, estamos extrapolando la valoración de 5 Planes de Empleo sobre la ISR (50% de 10 encuestados) a casi todo el segundo pilar de la previsión social en España.

Este pequeño detalle queda perfectamente claro en el informe original, donde en ningún momento se alcanzan estas conclusiones, y en todo momento se indica que la encuesta se ceñía a 10 Planes de Pensiones de Empleo. 


Lo curioso es que, los datos reales tampoco son tan malos y podrían haber configurado un buen titular por si mismos. Resulta que, de haber utilizado como referencia el valor patrimonial de esos 10 planes de empleo encuestados, veríamos que suponen el 34% del total del sistema y los 5 que afirman tener política ISR quizás superen el 15-20% del valor patrimonial total, que no está nada mal, ... pero no parecía suficiente...


En todo caso, hablamos de realidades diferentes. El tamaño de esos grandes planes de empleo, pertenecientes a multinacionales españolas (muchas de ellas entidades financieras), con representantes de los trabajadores que seguramente cuentan con una alta dedicación a la Comisión de Control, poco tiene que ver con el resto del sector de planes de empleo, donde posiblemente la Comisión de Control se limita a recibir la información financiera de las inversiones que ha realizado la Entidad Gestora un par de veces al año, y listo. ¿Realmente creemos que la propagación de la ISR se va a realizar a la misma velocidad ente unos planes y otros?...





Post Data 1.: FundsPeople estuvo más ágil que Europapress, pues reproducía el titular, pero aclaró la referencia a la encuesta en su artículo.

Post Data 2.: A lo largo de la nota de prensa y del informe, vemos como se usa de manera indistinta la referencia a planes de empleo y fondos. El plan de pensiones siempre tiene que estar adscrito a un fondo, pero un fondo puede tener adscritos muchos planes. Solamente en el caso de grandes planes de empleo, suele haber una total identificación entre fondo y plan, pero conviene mantener claras las diferencias, particularmente en una publicación especializada.


Post Data 3.: Por cierto, los cuadros de datos del informe de Spainsif, donde dicen "MILES DE EUROS", quiere decir "MILLONES DE EUROS"... lo que puede verificarse en cualquiera de los informes de INVERCO para ver la coherencia de las cifras.


Post Data 4.: Los 10 planes encuestados en España, según se ve en la última página del informe de  Eurosif son: Repsol YPF, Bridgstone/Firestone Hispania, Telefónica, Caja Madrid (empleados), BBVA (empleados), Endesa, Administración General del Estado, Cajasol (empleados), Santander (empleados), y BKK (empleados). La suma de su capitalización a cierre 2T 2011 con datos de INVERCO (salvo BKK que no consta en el informe) es de  un 33,64% del total de los planes de pensiones de empleo de España.






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