domingo, 21 de noviembre de 2010

¿Que puedo esperar de mi plan de pensiones en términos de anualidades de salario a la jubilación?

Posiblemente, uno de los beneficios sociales más valorados por los empleados (de cierta edad) que puede ofrecer el departamento de Recursos Humanos de una empresa son los Planes de Pensiones de Empleo (PPE). Aquellos en los que la empresa (Promotor) realiza aportaciones periódicas, normalmente como un porcentaje del salario, con aportaciones obligatorias, o no, por parte del empleado (Partícipe).

Pero, ¿que puedo esperar de un Plan de Pensiones de Empleo (PPE)?. ¿Tengo claro como van a ayudarme a complementar la pensión pública de jubilación los importes capitalizados en el plan?.


¿Cuantas anualidades del salario fijo a la jubilación podría tener capitalizadas y cuanto tiempo podría mantener ese mismo nivel de ingresos?
Hagamos una cuenta rápida, para ver cuanto podría estirar lo que haya capitalizado. 

PREMISAS:

1.- Primer ejemplo, con aportaciones al 6% (uno de los sistemas de aportación más habituales es el 3%+3%) y segundo con aportaciones al 10% (vamos a dejar de lado si proceden en su totalidad del Promotor o no, aunque cuanto menos aporte el empleado está claro que es mejor para él.

2.- En cada ejemplo 3 opciones: 40 y 35 años de salario sin incrementos para todo el periodo, o 35 años de aportaciones con 3 tramos salariales para ver el efecto "carrera profesional" en el salario a la jubilación.

3.- Vamos a simplificar el cálculo considerando que los incrementos salariales por IPC son iguales a la rentabildad más la comisiones (ver PD 1). Las cifras no serán las mismas, pero el valor final de las anualidades de salario a la jubilación si, que es lo que nos interesa.

4.- Si consideramos una tasa de reemplazo de la prestación pública de jubilación del 65% sobre el salario fijo a la jubilación podemos saber qué importes tendríamos que cubrir cada año, como diferencia del salario fijo a la jubilación, para mantener el mismo nivel de ingresos. Si esta cantidad la dividimos entre los derechos consolidados del plan, nos da el número de anualidades que podríamos cubrir ese diferencial de ingresos entre salario fijo a la jubilación y pensión de la Seguridad social. Otro matiz, todo esto es de aplicación para niveles salariales inferiores a los de las bases máximas de cotización (3.198 * 12 = 38.376 para 2010). A partir de ahí, la tasa de reemplazo desciende vertiginosamente a medida que el salario fijo a la jubilación es superior a esas cantidades, pues nunca tendrán reflejo en la pensión pública de jubilación.

CONCLUSIONES:

En un sistema de aportaciones del 3%+3% el empleado obtendría unas 2 anualidades de sus salario a la jubilación, lo que le permitiría mantener su nivel de ingresos unos 5 o 6 años (¡¡¡ solo hasta los 71 !!!).

Para poder cubrir el nivel de ingresos durante 10 años tendríamos que irnos a un modelo de aportación del 10% del salario anual.

Este modelo de cobertura es igualmente aplicable si se tiene un Plan de Pensiones Individual (PPI), no hace mas que traducir las aportaciones mensuales en términos de salario anual.

¿Y tu?... ¿te habías planteado ya este análisis? ... ¿Has hecho ya tus cáculos?...



Post Data 1: En la premisa 3, si considerásemos un 3% de actualización salarial anual por IPC (que iría incrementando el valor de las aportaciones año a año al hacer crecer la base salarial) y un 3% de rentabilidad anual al que se fueran capitalizando las aportaciones, para el primero de los ejemplos (40 años / 6% / 20.000 de salario inicial) nos daría igualmente 2,4 anualidades del  salario a la jubilación, aunque con valores mucho más altos: 63.341 de salario y 152.017 de derechos consolidados. Igualmente sucedería si incrementamos la rentabilidad en el valor de las comisiones y a su vez las descontamos. Ojo, el cálculo está hecho de una manera "poco fina"; cada año aplico la rentabilidad sobre el valor acumulado y sumo la aportación del año... pero para lo que estamos valorando, nos sirve así...

Post Data 2: Evidentemente, hay otros elementos a considerar. Normalmente uno no necesita el mismo nivel de ingresos cuando está en activo que tras la jubilación (al menos no tiene el mismo nivel de gasto por lo que se refiere a la asistencia trabajo; comer fuera, ropa, desplazamientos, etc). Igualmente, habría que valorar el posible efecto de la disminución de la fiscalidad por la minoración de ingresos (por ejemplo, retribución variable, comisiones, pluses, que no son salariales pero tributan, y que desaparecen a la jubilación reduciendo nuestra factura con hacienda) ... pero para lo que estamos valorando, nos sirve así...

Post Data 3: Como es muy difícil disponer de un dato fiable de tasa de reemplazo en España, pues para ser exactos habría que calcularlo para cada situación de cotizaciones y pensión obtenida, vamos a tomar el 65% que nos presenta Vicenç Navarro en alguno de sus escritos, que parece bastante más realista, con el historial de cotizaciones de los actuales pensionistas ... porque para lo que estamos valorando, nos sirve así....


También puede ser de interés en la fábula de la cigarra:


No hay comentarios:

Publicar un comentario