viernes, 28 de enero de 2011

Reforma de las pensiones públicas en España 2011: conclusiones (1ª parte)

Hoy, día 28 de de enero de 2011, el Consejo de Ministros ha aprobado el Proyecto de Ley sobre Actualización, Adecuación y Modernización del Sistema de Seguridad Social, estableciendo, de manera definitiva, las líneas básicas de reforma del sistema de pensiones públicas para los próximos años.

¿Que conclusiones podemos sacar después de la sobrecarga de información y desinformación sufrida por los ciudadanos en el último año en relación a las pensiones publicas y la jubilación?.

Veamos hoy la primera: 

1.- Las modificaciones olvidan deliberadamente uno de los principales elementos de ajuste del sistema; el importe de la pensión.

Son varios los elementos que sirven para ajustar el sistema de cálculo de las pensiones. A todos nos suenan a estas alturas; edad de jubilación, años mínimos cotizados y años que computan para la determinación de la base reguladora y por supuesto, el valor de la prestación.

Ya sabemos que todos suben con la reforma; jubilación a los 67 años, 38,5 años mínimos cotizados para la jubilación a los 65 en vez de los 35 anteriores, y ampliación del cómputo de las cotizaciones de 15 a 25 años... muy bien, ¿pero que sucede con la actualización de los importes de las prestaciones?. 

Ya para 2011 se estableció por ley la no actualización de los importes de las pensiones, a pesar del automatismo de estas actualizaciones que todos creíamos garantizado por otra ley. Por tanto, se hecha en falta un firme compromiso de que esto no volverá a suceder. Sobre todo, considerando que la no actualización de las pensiones, en particular de la pensión máxima, es la única medida que reduce el gasto del Estado en el corto plazo, dado que ninguna de las medidas que se adopten tendrá efecto de minoración de los pagos de pensiones, dado que su objetivo de contención, y no de reducción.

Otra estratagema sería modificar el índice de precios al consumo al que se refiere el artículo 48 de la Ley General de Seguridad Social y poner otro cuyos incrementos anuales sean inferiores al IPC real o incluso 0, como ya se hizo en su momento con el IPREM y el Salario Mínimo Interprofesional. En este caso, la congelación de las pensiones, en un escenario de IPC del 2,5%, genera una pérdida de más poder adquisitivo de más del 13% a 5 años y de mas del 28% a 10 años. 

Tentador, ¿verdad?.

[Imagen / The Rocketeer]

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